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Ley Orgánica 1/2025 · guía para particulares y autónomos

Qué tienes que hacer antes de demandar: el intento de negociación (MASC)

Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, antes de presentar la mayoría de demandas civiles debes acreditar un intento de negociación. La forma más simple: una comunicación fehaciente, burofax o correo certificado, que diga quién reclama, a quién, qué, cuánto y qué solución propone. Si en 30 días no hay acuerdo, puedes demandar.

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Qué es un MASC y cuáles valen

MASC significa medios adecuados de solución de controversias. La ley admite varios, y para la mayoría de conflictos de cuantía media basta el primero:

Los cinco requisitos de tu comunicación

La ley pide que la propuesta identifique el objeto de la negociación con claridad. En la práctica, los juzgados y la doctrina resumen eso en cinco cosas. Si falta alguna, el intento puede no valer.

  1. Quién reclama

    Nombre, NIF y domicilio de quien envía.

  2. A quién

    Nombre y domicilio de quien recibe.

  3. Qué y por qué

    El conflicto: origen, fecha y documentos.

  4. Cuánto

    La cantidad exacta, desglosada.

  5. Qué propones y en qué plazo

    Una solución concreta y 30 días para responder.

Ejemplo de lo que no vale: “Págame lo que me debes o te denuncio”. Ni cantidad, ni propuesta, ni plazo. Ejemplo de lo que vale: “Me debes 1.850 € de las facturas 23 y 24. Te propongo cobrarlo en tres plazos de 617 €. Tienes 30 días para responder.”

Cómo se acredita ante el juzgado

La demanda debe llevar adjunto el documento que pruebe el intento (art. 264.1.4º LEC): qué se envió, a quién, cuándo, y que llegó o se intentó entregar. Eso es exactamente lo que da un burofax con acuse de recibo y certificación de contenido, o un correo electrónico certificado. Un email normal no lo prueba.

Si el otro no contesta o no recoge, el intento documentado vale igual: la ley exige que negocies de buena fe, no que el otro coopere.

Plazos que importan

Cuándo no necesitas MASC

Por caso concreto

Preguntas frecuentes

¿Qué exige la Ley Orgánica 1/2025 antes de presentar una demanda?
Acreditar que has intentado resolver el conflicto por un medio adecuado de solución de controversias (MASC): negociación directa, mediación, conciliación, oferta vinculante confidencial u opinión de experto. Sin esa acreditación, el juzgado no admite la demanda civil o mercantil.
¿Vale un email o un WhatsApp como intento de negociación?
Solo si puedes probar que llegó, cuándo y con qué contenido. Un email normal o un mensaje no lo prueban con seguridad. Un burofax con acuse y certificación de contenido, o un correo electrónico certificado, sí.
¿Necesito abogado para negociar?
No. La negociación directa entre las partes no exige abogado. Lo necesitarás para la demanda si la cuantía supera los 2.000 € o el asunto es complejo.
¿Qué pasa si demando sin haber intentado negociar?
El juzgado inadmite la demanda y tienes que intentar la negociación y volver a presentarla. Pierdes semanas.
¿Cuánto hay que esperar después del burofax para demandar?
Treinta días naturales desde que el otro lo recibe. Si no contesta o no hay una primera reunión en ese plazo, el intento se entiende terminado sin acuerdo y puedes demandar.
¿Y si no recoge el burofax?
El intento de entrega documentado sirve. Lo que la ley exige es que hayas intentado negociar de buena fe y puedas probarlo, no que el otro coopere.
¿Cuánto cuesta cumplir el requisito?
Con el pack MASC, 39 €: redactamos el intento con los cinco requisitos, lo enviamos certificado, hacemos el segundo intento si no contestan y te entregamos el dossier de acreditación para adjuntar a la demanda.

Actualizado el 2026-09-13. Fuente principal: LO 1/2025 en el BOE.